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Entra en vigor la ordenanza que restringe el vertido de purines en el término municipal de Priego

artículo procedente de Las Cuatro Esquinas

El martes 17 de marzo entró en vigor la ordenanza que un grupo de vecinos de Priego creó para regular la gestión de los purines que produce la ganadería intensiva. La normativa limitará en gran medida el vertido de esta sustancia en los campos de cultivo del término municipal de Priego, donde los purines –las deyecciones de los animales de las granjas– pueden ser utilizados como abono.

El texto contó con la “aprobación definitiva” del Pleno el pasado 3 de marzo y fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca el día 16, aunque aún se puede interponer en su contra un recurso contencioso-administrativo.

De esta manera concluye el recorrido de una ordenanza que comenzó su andadura en marzo de 2018, cuando un grupo de pricenses, ante el auge de las granjas porcinas y el apoyo que les estaba prestando la Alcaldía de Azucena Redruello, creyó necesario redactar una normativa para restringir el vertido de purines. La legislación autonómica permite el uso de purín a una distancia mínima de 200 metros respecto al casco urbano, así que en los últimos años, cada vez que este abono se utilizaba en los campos de cultivo próximos a Priego, llegaba un fuerte olor al vecindario.

En su preámbulo, la ordenanza se sustenta en “la necesidad de proteger a todos los habitantes del municipio en cuanto a los ámbitos de salubridad, higiene y condiciones medioambientales”. Y además, hace referencia a la importancia del sector turístico para la economía local.

La normativa que ahora entra en vigor es más restrictiva que la legislación autonómica. Desde este martes no se puede verter purín a menos de 2.500 metros “del casco urbano y suelo urbanizable o de instalaciones vinculadas con el turismo u otras similares a las que pudieran perjudicar los malos olores generados”. Estará prohibido utilizar este abono durante los meses de verano, entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, y tampoco se podrán hacer vertidos “los sábados, domingos, festivos y sus vísperas, así como los días de celebración de las fiestas patronales del municipio”. Por otra parte, el purín tendrá que se enterrado a medida que se vaya vertiendo (entre el 1 de marzo y el 31 de octubre) o en las 24 horas siguientes (durante el resto del año).

La ordenanza también contempla unas “franjas de seguridad” que tendrán que respetar los agricultores.

  • Queda prohibido el vertido a menos de 50 metros de vías de comunicación de la red viaria nacional, regional o local.
  • Queda prohibido el vertido a menos de 25 metros de montes catalogados de utilidad pública.
  • Queda prohibido el vertido a menos de 1.000 metros de pozos, captaciones y manantiales de abastecimiento para la población.
  • Queda prohibido el vertido a menos de 500 metros de los cauces de corrientes naturales de agua continuas o discontinuas.

Aunque Priego no es zona vulnerable a la contaminación por nitratos, la ordenanza determina que “la cantidad de purín o estiércol a distribuir sobre cada parcela estará por debajo del máximo que marque la normativa sectorial para zonas vulnerables en función del tipo de cultivo existente”. “No se permite la aplicación de una dosis superior a 210 kilogramos por hectárea al año (esté o no tratado el purín) antes de enterrar los restos vegetales de la cosecha para evitar los efectos de la inmovilización del nitrógeno y favorecer la incorporación de la materia orgánica al humus”. Tampoco se podrá verter purín en fincas que tengan una pendiente inferior al 10%.

Las sanciones, dependiendo de su gravedad, oscilan entre los 100 y los 6.000 euros.

Su larga tramitación

El texto se registró en las oficinas del ayuntamiento en marzo de 2018 como iniciativa popular respaldada por más de 200 pricenses.  El Gobierno de Azucena Redruello retrasó su tramitación y hasta un año después no se llevó a pleno para que fuera votada, aunque la Fiscalía no observó delito en estas dilaciones. A continuación, el texto se sometió a información pública y recibió en su contra varias alegaciones de los empresarios de las granjas porcinas y de sindicatos del sector, que la consideraron abusiva.

En octubre de 2019, el Ayuntamiento respondió a las alegaciones y aceptó incluir algunas de ellas en la ordenanza, aunque el texto se mantuvo prácticamente intacto; los autores de las alegaciones ya no presentaron objeciones a este último trámite, así que la normativa encontró vía libre para someterse a la votación del Pleno. Los concejales, por unanimidad, la aprobaron en la sesión del pasado 3 de marzo.

En dicha sesión, además, se impidió que la segunda granja porcina que se pretende construir en Priego pueda ocupar más terreno del permitido, algo que también se le denegó a una tercera explotación. Así pues, la empresa que promueve estas dos granjas tiene ahora que decidir si modifica sus proyectos o desiste de continuar.